Colombia Nuevos Horizontes, es una organización de carácter privado, sin ánimo de lucro, con 17 años de experiencia que brinda atención humanitaria y conecta población victimas de violencias y migrantes con rutas y oportunidades de inclusión laboral. La Fundación Colombia Nuevos Horizontes, esta ubicada en Soacha Cundinamarca, uno de los municipios más poblados de Cundinamarca en Colombia, al sur de Bogotá DC.
Brindamos atención humanitaria y conectamos a población víctima de algún tipo de violencia y migrantes con rutas y oportunidades de desarrollo integral en relación con sus proyectos de vida.
Para el año 2025 contribuiremos a la restitución de derechos humanos de población migrante, desplazada y víctima de cualquier tipo de violencia en Soacha, a través de asistencia humanitaria y el acompañamiento psicosocial para la consolidación de proyectos de vida.
Restituir los derechos humanos básicos y consolidar el proyecto de vida de población víctima de cualquier tipo de violencia, migración y desplazamiento forzado.
Sobrevivientes de violencias, de la migración o conflicto armado interno en Colombia, asentados en el territorio de Soacha, Cundinamarca en condición de vulnerabilidad.
Las personas deben ser previamente caracterizadas y posteriormente remitidas por una organización aliada, institución del estado que conozca del hecho de vulnerabilidad.
La organización debe contactar a la Fundación Nuevos Horizontes vía telefónica o correo electrónico, solicitando el apoyo para recibir asistencia humanitaria y poder acceder a cualquiera de los servicios.
Realizar la remisión por escrito en formato definido y remitir a la persona o núcleo familiar en horarios de oficina, previamente establecidos.
Por su posición estratégica y cercanía con el Centro Administrativo y de Gobierno, Soacha se ha convertido en el principal receptor de Población Victimas de la Violencia por Conflicto Armado y de Población Migrante proveniente de Venezuela.
La definición de nuestros servicios tiene en cuenta las necesidades de la población objetivo a causa del desconocimiento de sus derechos y mecanismos de protección de estos, la cultura de violencia en la sociedad y la carencia de oportunidades educativas y laborales para comunidades más vulnerables.
Busca mitigar o suplir temporalmente las carencias en el derecho a la subsistencia mínima derivada de la condición vulnerable en la que se encuentra sobrevivientes de violencia. Las personas acogidas por la Fundación, accederán nuevamente a su derecho de servicios de subsistencia mínima durante su estadía.
Conjunto de procesos articulados con el fin de mitigar los daños psicosociales de la persona y/o familia, que afectan su relación con el entorno, amigos, familiares y repercuten en su proyecto de vida.
Programa de orientación y formación en emprendimiento o empleabilidad para fomentar la inclusión económica de los beneficiarios.
Fundamentamos nuestra Asistencia Humanitaria en cuatro principios en congruencia con el Derecho Internacional Humanitario, que proporciona un marco ético, operacional e institucional en nuestra labor de asistencia humanitaria y de emergencia.
Basamos nuestra labor bajo tres enfoques: DE DERECHOS, DIFERENCIAL y ACCIÓN SIN DAÑO.
DIGNIDAD, AUTONOMÍA y LIBERTAD en las intervenciones realizadas para maximizar los impactos positivos y reducir los negativos de las mismas.
Promovemos el reconocimiento de las personas como sujeto de derechos, autoconsientes, por medio de políticas que tomas en consideración las relaciones intersubjetivas en los diferentes espacios sociales.
Generamos contribuciones para la eliminación de los esquemas de discriminación y marginación que pudieron ser la causa de los hechos vulnerantes.
Cuenta Corriente Bancolombia
No. 675-644447-01
Fundación Colombia Nuevos Horizontes
Nit 900.066.907-3
Si va a realizar transferencias desde el exterior, ademas de los datos anteriores, agregue la siguiente información:
Dirección: Calle 23 No. 5-32E Soacha Cundinamarca – Colombia
Código Postal: 250054
Código Swif: COLOCOBM
Teléfono: +57 (1) 9053587- Móvil +57 3132770878
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¡Nuestra mayor felicidad está en hacer felices a los demás! Con tu donación, podemos llevar sonrisas a más personas.
¡Ayúdanos a compartir alegría!
Durante nuestra trayectoria hemos realizado diferentes esfuerzos interinstitucionales para trabajar articuladamente con organizaciones como:
Fundador y Representante Legal
Consejo Directivo
Consejo Directivo
Consejo Directivo
Psicóloga
Trabajadora Social
Trabajadora Social - Voluntaria
Diseñador Gráfico - Voluntario
Diseño Web - Voluntario
Quieres ser parte de la Fundación Colombia Nuevos Horizontes, déjanos saber cómo quieres ayudar o en qué podemos ayudarte.
Pronto nos pondremos en contacto contigo.
La Ley de reforma triburaria estructural 1819 de 2016 modificó el régimen tributario especial –RTE– para las entidades sin ánimo de lucro –ESAL–, y estableció varios requisitos para las organizaciones que pretendan permanecer en dicho régimen a partir de 2018. En términos generales, la reforma tributaria del 2016 determinó que podrán ser contribuyentes del impuesto de renta y complementarios del RTE: las asociaciones, fundaciones y corporaciones; las instituciones de educación superior aprobadas por el ICFES, los hospitales constituidos como personas jurídicas, las personas jurídicas que realicen actividades de salud que obtengan permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, y las ligas de consumidores, siempre y cuando estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro, que desarrollen actividades meritorias (artículo 359 del Estatuto Tributario –ET–), que sean de interés general y que a ella tenga acceso la comunidad, que sus aportes no sean reembolsados, ni sus excedentes sean distribuidos bajo ninguna modalidad, cualquiera que sea la denominación que se utilice, ni directa ni indirectamente, ni durante su existencia, ni en el momento de su disolución y liquidación. En tal sentido, de acuerdo con lo indicado en los artículos 19, 19-4, 356-2, 356-3 y 364-5 del ET (todos ellos modificados con la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016), y teniendo en cuenta la reglamentación efectuada con el Decreto 2150 de diciembre 20 de 2017 y la Resolución Dian 000019 de marzo 28 de 2018, las entidades mencionadas en los artículos 19 y 19-4 del ET (entre ellas las fundaciones, corporaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, y todas las entidades del sector cooperativo), dependiendo de si existían a diciembre de 2016 o si fueron creadas a partir de enero 1 de 2017, deben efectuar ante la Dian un “registro web”.
Fundación Colombia Nuevos Horizontes, en cumplimiento a lo establecido, hace publica la información presentada ante la Dian.